¿Qué compañía de videojuegos te permite heredar cuentas en caso de fallecimiento?

A esto han de añadirse cuestiones éticas o individuales: ¿qué contenido quiero poner a disposición de mis herederos? ¿A quién le doy permiso para acceder a mis cuentas cuando yo ya no esté? ¿Tan importante es mi legado digital como para que tenga que ocuparme ya? Sigue leyendo si hemos despertado tu curiosidad.
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Hoy en día muchos de los videojuegos se compran a través servicios en la nube a los que solo se puede acceder mediante una cuenta personal que, cuando el usuario titular deja de poder usar, por ejemplo, en caso de fallecimiento, queda inutilizada e inaccesible a pesar de contener productos que han sido comprados y que son propiedad de dicha persona, algo que no sucede con los jegos comprados en formato físico y que contrasta con la postura de las redes sociales, que tienen sus propios procedimientos para cuando fallece el titular.

Se define como herencia digital al corpus de datos electrónicos que un usuario deja en su disco duro o en Internet cuando fallece, a menudo protegido por contraseña. En él se incluyen los perfiles en las redes sociales, todo tipo de cuentas online, buzones de correo electrónico, memorias en la nube, licencias, historiales de chats, medios, servicios de pago, etc. El legado digital es un tema nuevo –y muy complejo– en el Derecho sucesorio que sitúa tanto al legislador como a los usuarios y a sus familiares ante grandes interrogantes.

El ‘cloud gaming’ o juego en la nube es una forma de jugar a videojuegos a través de un ‘hardware’ remoto, que corresponde a servidores de una compañía. Así, en lugar de utilizar un disco físico e instalar el juego en el dispositivo para jugar de forma local, se ejecuta en la nube y solo se precisa de conexión a Internet para su funcionamiento.

Al no disponer del juego en físico, los usuarios normalmente están sujetos a las condiciones que disponga cada servicio en la nube para poder utilizar los títulos adquiridos. Es el caso de las principales compañías desarrolladoras de videojuegos como PlayStation, Xbox, Ubisoft, Nintendo, Epic Games o Valve, que ofrecen plataformas ‘online’ en las que los usuarios pueden adquirir títulos, que quedan almacenados en sus cuentas personales y que se pueden jugar a través de la nube.

Teniendo todo ello en cuenta, este sistema de plataformas ‘online’ plantea algunos interrogantes sobre qué sucede con los juegos adquiridos cuando el propietario de la cuenta deja de poder hacer uso de este servicio por motivos como, por ejemplo,su fallecimiento, ya que nadie más puede acceder a los videojuegos comprados, ni siquiera si el propietario así lo desea.

Un ejemplo de este inconveniente lo ha puesto sobre la mesa recientemente Valve, propietaria de Steam, que, en respuesta a un usuario, ha señalado que no permite la transferencia de una cuenta, ni de su biblioteca de títulos, a otra persona, como recoge en sus políticas. Ni siquiera aunque el usuario titular haya fallecido y lo quiera dejar en herencia, o permitir que otras personas accedan a sus videojuegos comprados.

Tal y como determina Valve en sus políticas, las cuentas de Steam y todos los videojuegos que contienen son un servicio intransferible, independientemente de la situación. Además, el soporte de Steam “no puede proporcionar a otra persona acceso a la cuenta”, así como tampoco puede fusionar el acceso con otra cuenta.

Siguiendo esta línea, la compañía también matiza que no se debe compartir ni permitir que otros usuarios utilicen el perfil en cuestión, “excepto si Valve lo autoriza expresamente”. De hecho, en caso de permitir que otra persona acceda a la cuenta, por ejemplo, compartiendo sus credenciales de acceso, se estaría infringiendo la disposición sobre la confidencialidad de la cuenta.

Por tanto, la compañía ha confirmado que, en caso de que el usuario fallezca, la cuenta de Steam no puede transferirse a través de un testamento y, con ello, todos los videojuegos que contenga quedan en desuso.

Sin embargo, mantienen políticas muy similares a las de Valve. Por ejemplo, tal y como especifica PlayStation en su página de Términos y Condiciones de uso para su servicio PlayStation Plus, “con excepción de los derechos que se hayan otorgado de manera expresa, todos los derechos sobre el contenido de PlayStation Plus están reservados por Sony Interactive Entertainment, sus socios y licenciatarios”.

También indica que los juegos descargados a través de PlayStation Plus están disponibles para jugar siempre que se disponga de una suscripción válida y el juego siga disponible en el servicio. No obstante, en caso de que la suscripción venza, no se podrá utilizar ningún servicio.

En este sentido, es probable que cuando el usuario fallece, la suscripción acabe finalizando y, por tanto, se pierda el acceso completo a la cuenta y a los videojuegos. Es decir, el uso de estos videojuegos acaba cuando el usuario fallece.

Al contrario que las plataformas de videojuegos, otros servicios ‘online’, como es el caso de las redes sociales, sí disponen de sus propias políticas sobre qué hacer cuando el propietario de una cuenta fallece.

Es el caso de plataformas como Instagram o Facebook, que disponen de opciones que permiten conservar estos perfiles para los familiares y amigos del usuario en cuestión. Esta opción es conocida como cuentas conmemorativas.

Como explica Instagram en su página de ayuda, los usuarios pueden comunicar a la plataforma cuando una cuenta pasa a ser de alguien que ha fallecido. Así, pasan a tener dos opciones: solicitar que se convierta en una cuenta conmemorativa o suprimir el perfil definitivamente.

En caso de que se solicite una cuenta conmemorativa y la compañía debe valorar una solicitud con un documento que acredite la defunción, como una necrológica o una esquela en el periódico. Tras ello, la cuenta pasa a ser conmemorativa y red social lleva a cabo acciones como evitar que aparezcan referencias a este perfil que puedan entristecer a amigos o familiares.

Igualmente, también se bloquea el perfil con el fin de proteger la privacidad de la persona fallecida. Sin embargo, este no se elimina para que se conserven también sus recuerdos de redes sociales, al igual que se conservan fotos de seres queridos en la vida real.

Además, se ha de tener en cuenta que, aunque se haya corroborado la muerte del usuario, la compañía no puede proporcionar la información de inicio de sesión de dicha cuenta conmemorativa.

En el caso de Facebook, además de las cuentas conmemorativas, también permite seleccionar “contactos de legado”. Es decir, perfiles de otros usuarios que, cuando el titular de la cuenta fallece, pueden seguir gestionando su perfil.

Según explica en su página de ayuda, los contactos de legado pasan a ocuparse del perfil del fallecido si este pasa a ser conmemorativo. Así, el contacto seleccionado puede aceptar solicitudes de amistad y cambiar la foto de perfil y de portada, entre otras cuestiones.

WhatsApp, por su parte, no ofrece las mismas opciones, sino que únicamente permite eliminar la cuenta del fallecido. No obstante, en caso de que no se comunique la muerte del usuario, WhatsApp terminará dando de baja la cuenta tras un periodo de inutilidad.

Lo mismo ocurre con X (antigua Twitter) y Discord, que facilitan una opción para que un familiar o una persona autorizada comunique la muerte del usuario y, tras ello, se proceda a eliminar el perfil y todas sus publicaciones.

En un primer momento, nada. La vida sigue su curso y los perfiles y las cuentas del usuario, con todos los datos, contenidos, mensajes y monedas que ha guardado en ellos, también. En los buzones de correo se siguen recibiendo mensajes, las suscripciones siguen activas y las publicaciones siguen online. De una u otra forma, el trabajo que sigue a continuación ocupará irremediablemente a los familiares encargados de organizar la herencia digital del fallecido.

En función de lo cuidadoso que haya sido el usuario gestionando sus bienes digitales en vida, sus herederos lo tendrán más o menos fácil. Primero tendrán que obtener una impresión general de su actividad en la red: ¿dónde estaba activo el fallecido? ¿Qué contratos firmó, qué datos y propiedades están almacenados online? Los contratos deberían cancelarse tan pronto como sea posible, y las cuentas en las redes sociales, dejar de operarse o incluso eliminarse. Facebook ofrece convertir el perfil del difunto en una página conmemorativa, por ejemplo, pero no todas las redes lo permiten. En la mayoría de los casos es mejor borrar por completo el perfil, una operación más fácil o más difícil en función del operador: mientras que hay plataformas que ofrecen una función específica para ello o lo permiten por formulario, hay otras que requieren un certificado de defunción.

Si el usuario no ha depositado sus contraseñas en su testamento o en un documento especial, gestionar su herencia digital se convierte en una tarea de gran complejidad. En este caso, los familiares se han de poner en contacto con el proveedor para recibir o cambiar las claves a cambio del certificado de defunción y solo si la compañía lo ve con buenos ojos. En los casos en que el usuario recibió la contraseña por correo electrónico, el simple acceso al buzón puede resultar de gran ayuda.

Desde el punto de vista legal, tus bienes digitales pasan a manos de tus herederos, siempre que no hayas definido en tu testamento quién se encargará de administrar tu herencia digital, pero son ellos los que podrán decidir qué hacer con tu legado. Por eso, como suele hacerse con el patrimonio tangible, es recomendable redactar un testamento donde fijes quién será o quiénes serán tus herederos, el albacea o la persona que se encargará de tratar con los proveedores de los servicios que tengas contratados y tenga acceso a toda tu información personal almacenada en tus cuentas.

Tu información no tiene por qué estar disponible para todos tus herederos por igual. Por un lado, se trata de repartir tu patrimonio tangible, es decir, aquellos bienes con valor económico en plataformas de pago o cuentas en bitcoins o incluso patrimonio de índole intelectual y, por el otro, de gestionar tu identidad digital, donde se incluyen tus diversas cuentas en servicios de mensajería o red social. Tú decides quién puede tener acceso a toda la información personal almacenada en ellas y, dado que el proveedor defiende el carácter privado de esta información, a día de hoy y con el deficiente marco legal, le resultará muy difícil a un familiar requerir acceso a esta información si no lo has dejado por escrito ante notario.

Conviene, asimismo, como indicamos arriba, guardar a buen recaudo una lista con contraseñas, bien en manos de un notario (en este caso no puedes modificarlas), en una caja fuerte o en manos de una gestora externa. En este caso, tu información privada está protegida, pero puedes modificarla.

El problema surge al considerar el contenido generado por el usuario (comentarios, imágenes privadas, etc.), puesto que no puede decirse que sean de su propiedad y, por lo tanto, puedan disponer los herederos y albaceas de ellos con total libertad. Y dado que el usuario firmó un contrato con la compañía que protege su privacidad frente a terceros, es en realidad muy difícil conseguir que estos proveedores realicen una copia del contenido para sus familiares o que les habiliten acceso a sus cuentas.

Pese a todo, los herederos tienen cada vez con más frecuencia un derecho justificado a obtener los datos de acceso de su familiar fallecido, porque pueden ser necesarios precisamente para administrar su legado. Los mismos correos electrónicos se convierten a menudo en pruebas para aceptar o repudiar una herencia y para ello se ha de tener acceso al buzón. Los contratos y las cuentas en tiendas online se consideran contratos comerciales y pasan a manos de los herederos como parte del patrimonio digital del difunto, pero para ello también es necesario estar acreditado para acceder a las cuentas.

Así las cosas, lo más recomendable es establecer por testamento qué va a pasar con tus cuentas y perfiles, quién se encargará de cancelar suscripciones, a quién le legarás tu colección de películas y discos virtuales y qué pasará con tu depósito en PayPal. Eso sí, sin olvidar dejar las contraseñas actualizadas a buen recaudo pero al alcance de tus herederos.

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